Artículo 1 — Artículo 1
Fíjanse las siguientes detracciones por cada un (1) quilogramo a las exportaciones de la mercadería que a continuación se detalla: 1) Cueros vacunos sanos N$ 2.93 (nuevos pesos dos con noventa y tres centésimos); 2) Cueros salados o pickelados de: A) Novillos y vacas sanas N$ 3.09 (nuevos pesos tres con nueve centésimos); B) Rechazo de novillos y vacas N$ 3.03 (nuevos pesos tres con tres centésimos); C) Terneras y vaquillonas sanas N$ 3.77 (nuevos pesos tres con setenta y siete centésimos); D) Terneras y vaquillonas de rechazo N$ 3,34 (nuevos pesos tres con treinta y cuatro centésimos); E) Toros y bueyes sanos N$ 2.21 (nuevos pesos dos con veintiún centésimos); F) Toros y bueyes de rechazo N$ 2.03 (nuevos pesos dos con tres centésimos).