Decreto Ley10376·1943

DIRECCION GENERAL DE INSTITUTOS PENALES. FUNCIONARIOS. CARGOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/02/1943

Fecha de publicación

3 de junio de 1943

Artículos (7)

Artículo 1Artículo 1

Incorpórase al ítem 6.22 "Dirección General de Institutos Penales", cincuenta cargos de Guardias Penitenciarios con una compensación o asignación de trescientos sesenta pesos ($ 360.00) anuales cada uno, con destino a aumentar los efectivos del Cuerpo de Guardias Penitenciarios.

Artículo 2Artículo 2

Refuérzase el rubro 3.09, partida 102 del ítem 6.22 "Dirección de Institutos Penales" en la suma de $ 6.000.00, con destino a cubrir las erogaciones que por concepto de vestuario y artículos afines, demande el referido servicio.

Artículo 3Artículo 3

Destínase por una sola vez la suma de $ 10.000 a gastos de instalación y adaptación de los locales que serán ocupados por el Cuerpo de Guardia Penitenciaria, en los edificios de los establecimientos en que se radicará.

Artículo 4Artículo 4

Refuérzase para el actual ejercicio hasta pesos 5.000.00 la partida que por una sola vez autorizó el artículo 8º del decreto-ley número 10.165 de fecha 29 de Mayo de 1942, destinada a la adquisición de armamentos y efectos de seguridad.

Artículo 5Artículo 5

Suprímese el cargo de Secretario General (Asesor Jurídico) y créase: 1 Secretario General Jefe de Departamento (categoría 2, grado 12) ........................ $ 240.00 1 Asesor Jurídico (categoría 3, grado 11) ......................... " 200.00

Artículo 6Artículo 6

(*)

Artículo 7Artículo 7

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 13 de febrero de 1943Promulgación (10376)
  2. 6 de marzo de 1943Publicación (10376)