Decreto105-1975·1975

Encomiéndase al Ministerio de Defensa Nacional la Continuación de los estudios necesarios para la realización de la obra de desecacion de los "banados de Carrasco"

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de febrero de 1975

Fecha de publicación

14 de febrero de 1975

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el informe final producido por la Comisión creada por resolución del Poder Ejecutivo 2.099/973 de fecha 6 de diciembre de 1973.

Artículo 2Artículo 2

Encomiéndase al Ministerio de Defensa Nacional la continuación de los estudios necesarios a la realización de la obra de desecación de los "Bañados de Carrasco", así como la ejecución de las mismas.

Artículo 3Artículo 3

Los Ministerios de Transporte y Obras Públicas y de Agricultura y Pesca, pondrán a disposición del Ministerio de Defensa Nacional los medios necesarios al fin expuesto en el artículo anterior, tanto en personal técnico como en equipos, materiales, etc.

Artículo 4Artículo 4

El Ministerio de Defensa Nacional procederá en un plazo de 60 días a designar el grupo de trabajo nacional a que se refiere en la parte expositiva, en coordinación con los Ministerios de Transporte y Obras Públicas y de Agricultura y Pesca, quedando facultado inclusive para requerir los servicios de personas pertenecientes a otras oficinas o reparticiones de la Administración Central.

Artículo 5Artículo 5

El grupo de trabajo designado por el Ministerio de Defensa Nacional, una vez aprobado por el Poder Ejecutivo contará con 180 días para terminar los estudios finales de factibilidad y dar comienzo acto seguido a la obra.

Artículo 6Artículo 6

Dicho Grupo de Trabajo, será puesto por el Ministro de Defensa Nacional, bajo jurisdicción jerárquica y administrativa del Comando General del Ejército, siendo su ámbito de funcionamiento la Brigada de Ingenieros Nº 1, cuyo Comandante en Jefe ejercerá la Presidencia del mismo y a través de la cual se vinculará con la superioridad. (*)

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