Decreto1052-1973·1973

Ex Junta Departamental de Montevideo. Funcionarios. Redistribución

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de diciembre de 1973

Fecha de publicación

20 de diciembre de 1973

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

El personal excedente de la Ex Junta Departamental de Montevideo que no haya sido destinado en reparticiones de la Intendencia Municipal ni de la Junta de Vecinos de esta Departamento, será redistribuído por la Oficina Nacional de Servicio Civil "en comisión" en dependencias de la Administración Central, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados.

Artículo 2Artículo 2

El personal excedente de la Ex Junta Departamental de Montevideo, conservará los derechos correspondientes a su situación presupuestaria y se regirá por las disposiciones estatutarias y reglamentarias vigentes en las reparticiones o dependencias donde presten efectivamente servicios. En consecuencia, deberán cumplir los cometidos que les señalen los superiores jerárquicos dentro de los mismos horarios y situaciones presupuestarias vigentes para el de dichas reparticiones o dependencias.