Decreto1052-1974·1974

Fijación de retenciones sustitutivas a las exportaciones de carnes bovinas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26 de diciembre de 1974

Fecha de publicación

10 de enero de 1975

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjanse las siguientes retenciones sustitutivas de las establecidas por decreto 987/974 de 5 de diciembre de 1974, a las exportaciones de carnes bovinas. Exportada en cuartos, cortes carré, media res, carcasa entera o compensado con hueso en todas sus forma en $ 60.140 (sesenta mil ciento cuarenta pesos).

Artículo 2Artículo 2

Elimínase la retención a las exportaciones de carnes bovinas en cortes con hueso en todas sus formas y mantiénese la eliminación de la retención a las exportaciones de carnes bovinas en cortes sin hueso en todas sus formas.

Artículo 3Artículo 3

El presente decreto se aplicará a los contratos de cambio de exportación concertados con el Banco de la República Oriental del Uruguay a partir del día 3 de diciembre de 1974.

Artículo 4Artículo 4

Dése cuenta a la Comisión Permanente del Consejo de Estado.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, etc.