Artículo 1 — Artículo 1
La prima por Especialidad para el Personal de Tropa, del Programa 3.01 se asignará a partir del 1.o de enero de 1973, teniendo en cuenta los siguientes aspectos. a) Antigüedad mínima de 6 meses como Soldado de 2da. o equivalente. b) Antigüedad y eficacia en el ejercicio de la función.