DecretoNº 11-1964·1964
Dirección General Impositiva (DGI). Contribucion inmobiliaria. Recaudación
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
9 de enero de 1964
Fecha de publicación
14 de febrero de 1964
Texto
Establécese que la recaudación del Impuesto de Contribución Inmobiliaria y los adicionales nacionales y municipales, será realizada exclusivamente por las Sucursales y Agencias de la Dirección General Impositiva (DGI) de los respectivos Departamentos. Derógase el Decreto de fecha 12 de setiembre de 1961.