Decreto11-1964·1964

Dirección General Impositiva (DGI). Contribucion inmobiliaria. Recaudación

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de enero de 1964

Fecha de publicación

14 de febrero de 1964

Texto

Establécese que la recaudación del Impuesto de Contribución Inmobiliaria y los adicionales nacionales y municipales, será realizada exclusivamente por las Sucursales y Agencias de la Dirección General Impositiva (DGI) de los respectivos Departamentos. Derógase el Decreto de fecha 12 de setiembre de 1961.