Decreto111-1975·1975

Aprobación del Presupuesto por programa. Administración General de las Usinas y Trasmisiones Eléctricas y de la Administración Nacional de Telecomunicaciones

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de febrero de 1975

Fecha de publicación

18 de febrero de 1975

Artículos (16)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el Presupuesto por Programa de la Administración General de las Usinas y Trasmisiones Eléctricas y de la Administración Nacional de Telecomunicaciones a regir durante el ejercicio 1974 y con vigencia al 1.o de enero de 1974, constituido por los siguientes recaudos: A) Plan Quinquenal de Desenvolvimiento, B) Plan Anual Operativo y Plan Anual de Inversiones para el ejercicio 1974, cuya expresión financiera en miles de pesos es la siguiente: A) EGRESOS 238.454.918 ____________ PROGRAMAS OPERATIVOS .................................. 112.015:591 Programa :1.0 Generación y Transmisión de Sistema Montevideo- Río Negro .............. 28.237.181 Rubro Denominación 0 Retribución de Servicios Personales ...... 4.620.123 010 Sueldos cargos presupuestados ... 2.425:577 021 Personal contratado ............. 232:500 032 Prima por antigüedad ............ 144:878 041 Jornales corrientes ............. 257:060 072 Compensación tareas extraordinarias 700:699 074 Compensación reg. dedicación especial ........................ 166:580 079 Otras compensaciones ............ 692:985 082 Quebrantos de Caja .............. 44 __________ 1 Servicios no personales .............. 1.783:467 2 Materiales y artículos de consumo .... 18.213.987 3 Máquinas, equipos y mobiliario ....... 1.657:110 6 Cargas legales y prestaciones ........ 1.860:120 611 Impuestos Nacionales ............ 175:752 612 Impuestos Municipales ........... 20:600 613 Aporte Patronal Jubilatorio ..... 975:487 619 Otras cargas y prestaciones ..... 1:500 623 Hogar Constituido ............... 257:134 624 Prestaciones por hijo ........... 162:026 625 Prestaciones por fallecimiento .. 8:457 628 Prima por Nacimiento ............ 1:163 629 Prima por Matrimonio ............ 623 631 Riesgo Quirúrgico ............... 8:766 632 Salario Vacacional .............. 248:602 _________ 7 Transferencias ...................... 102:294 Programa: 1.1 Distribución de Energía Eléctrica y Operación de Centrales DIESEL ....... 30.486:419 Rubro Denominación 0 Retribución de Servicios Personales ...... 9.881.726 010 Sueldos cargos presupuestados ... 5.253:083 021 Personal contratado ............. 401:789 032 Prima por antigüedad ............ 361:862 041 Jornales corrientes ............. 1.892:573 072 Compensación tareas extraordinarias 762:302 074 Compensación reg. dedicación especial ........................ 239:309 079 Otras compensaciones ............ 759:768 082 Quebrantos de Caja .............. 93:861 083 Comisiones agregadas al sueldo .. 117:204 __________ 1 Servicios no personales .............. 3.492:243 2 Materiales y artículos de consumo .... 8.362.457 3 Máquinas, equipos y mobiliario ....... 8.761:136 6 Cargas legales y prestaciones ........ 4.291:972 611 Impuestos Nacionales ............ 294:631 612 Impuestos Municipales ........... 20:260 613 Aporte Patronal Jubilatorio ..... 2.125:688 623 Hogar Constituido ............... 767:890 624 Prestaciones por hijo ........... 497:659 625 Prestaciones por fallecimiento .. 24:675 628 Prima por Nacimiento ............ 3:392 629 Prima por Matrimonio ............ 1:851 631 Riesgo Quirúrgico ............... 27:324 632 Salario Vacacional .............. 529:102 _________ 7 Transferencias ...................... 92:860 Programa: 1.2 Operativo del Servicio de Telecomunicaciones ........ 14.628:651 Rubro Denominación 0 Retribución de Servicios Personales ...... 20.531:360 010 Sueldos cargos presupuestados ... 4.701:871 021 Personal contratado ............. 1.716:273 032 Prima por antigüedad ............ 371:193 041 Jornales corrientes ............. 1.049:967 072 Compensación tareas extraordinarias 801:163 074 Compensación reg. dedicación especial ........................ 150:865 079 Otras compensaciones ............ 1.174:163 082 Quebrantos de Caja .............. 6:365 __________ 1 Servicios no personales .............. 3.594:882 2 Materiales y artículos de consumo .... 1.085.290 3 Máquinas, equipos y mobiliario ....... 5.131:470 6 Cargas legales y prestaciones ........ 4.271:576 611 Impuestos Nacionales ............ 254:910 612 Impuestos Municipales ........... 31:180 613 Aporte Patronal Jubilatorio ..... 2.241:372 623 Hogar Constituido ............... 719:445 624 Prestaciones por hijo ........... 402:587 625 Prestaciones por fallecimiento .. 25:546 628 Prima por Nacimiento ............ 3:513 629 Prima por Matrimonio ............ 1:916 631 Riesgo Quirúrgico ............... 30:391 632 Salario Vacacional .............. 560:716 _________ 7 Transferencias ...................... 82:980 Programa: 1.3 Servicios Auxiliares ........ 9.868:796 Rubro Denominación 0 Retribución de Servicios Personales ...... 2.900.258 010 Sueldos cargos presupuestados ... 1.571:346 021 Personal contratado ............. 116:498 032 Prima por antigüedad ............ 122:242 043 Jornales tareas ext. ............ 403:133 072 Compensación tareas extraordinarias 391:522 074 Compensación reg. dedicación especial ........................ 39:387 079 Otras compensaciones ............ 256:130 __________ 1 Servicios no personales .............. 1.537:025 2 Materiales y artículos de consumo .... 3.809.211 3 Máquinas, equipos y mobiliario ....... 426:039 6 Cargas legales y prestaciones ........ 1.139:153 611 Impuestos Nacionales ............ 63:873 612 Impuestos Municipales ........... 2:110 613 Aporte Patronal Jubilatorio ..... 587:363 619 Otras cargas y prestaciones ..... 5:490 623 Hogar Constituido ............... 203:975 624 Prestaciones por hijo ........... 108:147 625 Prestaciones por fallecimiento .. 7:022 628 Prima por Nacimiento ............ 968 629 Prima por Matrimonio ............ 527 631 Riesgo Quirúrgico ............... 7:158 632 Salario Vacacional .............. 152:522 _________ 7 Transferencias ...................... 57:111 Programa: 1.4 Auxiliar de Administración General 48.752:136 Rubro Denominación 0 Retribución de Servicios Personales ...... 6.630:332 010 Sueldos cargos presupuestados ... 3.520:290 021 Personal contratado ............. 1.168:355 032 Prima por antigüedad ............ 232:306 041 Jornales corrientes ............. 267:707 060 Honorarios ...................... 48:139 072 Compensación tareas extraordinarias 451:521 074 Compensación reg. dedicación especial ........................ 214:398 079 Otras compensaciones ............ 279:734 081 Gastos de representación ........ 1:448 082 Quebrantos de Caja .............. 117:118 083 Comisiones agregadas al sueldo .. 325:224 092 Personal adscripto Dirección .... 4:192 _________ 1 Servicios no personales .............. 2.470:040 2 Materiales y artículos de consumo .... 752.752 3 Máquinas, equipos y mobiliario ....... 162:119 6 Cargas legales y prestaciones ........ 2.664:483 611 Impuestos Nacionales ............ 67:125 612 Impuestos Municipales ........... 25:850 613 Aporte Patronal Jubilatorio ..... 1.342:517 623 Hogar Constituido ............... 414:307 624 Prestaciones por hijo ........... 305:077 625 Prestaciones por fallecimiento .. 14:178 628 Prima por Nacimiento ............ 1:949 629 Prima por Matrimonio ............ 1:064 631 Riesgo Quirúrgico ............... 15:282 632 Salario Vacacional .............. 352:134 633 Premio Retiro ................... 75:000 635 Cont. Parque Vacaciones ......... 50:000 _________ 7 Transferencias ...................... 6.045:410 __________ PROGRAMA: OPERACIONES FINANCIERAS ........ 40.911:151 Programa: 3 Operaciones Financieras ........ 40.911.151 Rubro Denominación 1 Servicios no personales .......... 2.981:292 3 Desembolsos financieros .......... 37.929:859 ___________ PROGRAMAS DE INVERSIONES ............ 85.528:171 Programas: 2.0 Generación y Trasmisión de Energía Eléctrica ......... 31.519:170 Rubro Denominación 0 Retribución de Servicios Personales ...... 421:213 010 Sueldos cargos presupuestados ... 250:410 021 Personal contratado ............. 11:050 032 Prima por antigüedad ............ 20:619 041 Jornales corrientes ............. 54:329 072 Compensación tareas extraordinarias 37:287 074 Compensación reg. dedicación especial ........................ 11:658 079 Otras compensaciones ............ 35:860 _________ 1 Servicios no personales .............. 3.180:116 2 Materiales y artículos de consumo .... 959.066 3 Máquinas, equipos y mobiliario ....... 31.819:137 4 Adq. Inm. y Equip. Existentes ....... 245:000 5 Const. Adi. Mej y Rep. Ext. ......... 4.264.940 6 Cargas legales y prestaciones ........ 615.698 611 Impuestos Nacionales ............ 410:836 613 Aporte Patronal Jubilatorio ..... 128:111 623 Hogar Constituido ............... 29:336 624 Prestaciones por hijo ........... 32:977 625 Prestaciones por fallecimiento .. 941 628 Prima por Nacimiento ............ 130 629 Prima por Matrimonio ............ 71 631 Riesgo Quirúrgico ............... 960 632 Salario Vacacional .............. 22:286 _________ 7 Transferencias ...................... 14:000 __________ Programas: 2.1 Distribución de Energía ..... 27.634:530 Rubro Denominación 0 Retribución de Servicios Personales ...... 866:377 010 Sueldos cargos presupuestados ... 519:802 021 Personal contratado ............. 32:735 032 Prima por antigüedad ............ 75:888 041 Jornales corrientes ............. 154:587 072 Compensación tareas extraordinarias 22:890 074 Compensación reg. dedicación especial ........................ 30:748 079 Otras compensaciones ............ 29:727 _________ 1 Servicios no personales .............. 4.484:405 2 Materiales y artículos de consumo .... 3.475.457 3 Máquinas, equipos y mobiliario ....... 14.339:727 4 Adq. Inm. y Equip. Existentes ....... 226:600 5 Const. Adi. Mej y Rep. Ext. ......... 1.821.500 6 Cargas legales y prestaciones ........ 2.420.464 611 Impuestos Nacionales ............ 1.649:226 613 Aporte Patronal Jubilatorio ..... 589:977 623 Hogar Constituido ............... 82:750 624 Prestaciones por hijo ........... 48:965 625 Prestaciones por fallecimiento .. 3:520 628 Prima por Nacimiento ............ 484 629 Prima por Matrimonio ............ 264 631 Riesgo Quirúrgico ............... 2:478 632 Salario Vacacional .............. 42:800 _________ Programas: 2.2 Plan de Telecomunicaciones ..... 21.751:720 Rubro Denominación 0 Retribución de Servicios Personales ...... 1.533:234 010 Sueldos cargos presupuestados ... 613:277 021 Personal contratado ............. 71:456 032 Prima por antigüedad ............ 41:306 041 Jornales corrientes ............. 380:457 072 Compensación tareas extraordinarias 288 422 074 Compensación reg. dedicación especial ........................ 31:747 079 Otras compensaciones ............ 126:569 _________ 1 Servicios no personales .............. 2.048:458 2 Materiales y artículos de consumo .... 165:455 3 Máquinas, equipos y mobiliario ....... 14.853:160 4 Adq. Inm. y Equip. Existentes ....... 120:000 5 Const. Adi. Mej y Rep. Ext. ......... 1.594.000 6 Cargas legales y prestaciones ........ 1.417.403 __________ 611 Impuestos Nacionales ............ 806:999 613 Aporte Patronal Jubilatorio ..... 349:443 623 Hogar Constituido ............... 105:284 624 Prestaciones por hijo ........... 74:087 625 Prestaciones por fallecimiento .. 3:661 628 Prima por Nacimiento ............ 503 629 Prima por Matrimonio ............ 274 631 Riesgo Quirúrgico ............... 3:630 632 Salario Vacacional .............. 73:522 _________ Programa: 2.3 Servicios Auxiliares y Administración General................... 4.622:766 Rubro Denominación 1 Servicios no personales .............. 237:759 2 Materiales y artículos de consumo .... 493:700 3 Máquinas, equipos y mobiliario ....... 2.953:502 5 Const. Adi. Mej y Rep. Ext. ......... 753:960 6 Cargas legales y prestaciones ........ 183:845 __________ 611 Impuestos Nacionales ............ 183:845 ________ B) INGRESOS INGRESOS CORRIENTES ..................... 172.765:602 Sector Enegía ........................ 114.328:606 Venta de servicios ........... 113.854:608 Renta de Activos ............. 192.000 Otros ........................ 282:000 ____________ Sector Comunicaciones ............... 58.223:000 Venta servicios .............. 58.223:000 Otros ........................ 114:000 ___________ Los Montos de retribución personal comprenden los incrementos salariales decretados por el Poder Ejecutivo para el sector público para 1974 con excepción del fijado por el decreto 1.010/974 de 16 de diciembre de 1974, debiéndose ajustar las partidas de conformidad a dicho aumento.

Artículo 2Artículo 2

La escala de sueldos básicos vigentes al 31 de diciembre de 1973 para los Grados 1 al Extra inclusive, se incrementarán a partir del 1.o de enero de 1974 en un 33% sobre sus importes líquidos nominalizándose a la tasa de montepío del 10% y a partir del 1.o de julio de 1974 en un 18,5%. Las retribuciones nominales por todo concepto incluída la prima por antigüedad y exceptuados únicamente los beneficios sociales serán como máximo $ 780.000 a partir del 1.o de enero de 1974 y $ 924.300 a partir del 1.o de julio de 1974. Los diversos regímenes de aumento dispuesto en materias de compensaciones por el decreto 1.126/973 de fecha 31 de diciembre de 1973, seguirán vigentes para el ejercicio 1974 con la correspondiente adecuación de las tasas de incremento cuando ello corresponda.

Artículo 3Artículo 3

La prima por antigüedad se fija en $ 420 mensuales por año de actividad en el organismo o empresa de explotación de servicios eléctricos o telefónicos integrados al Ente, computando además servicios prestados en la Administración Pública con un tope de 30 años de acumulación.

Artículo 4Artículo 4

Las prestaciones de carácter social responderán a los siguientes valores: a) Asignación Familiar: 1er semestre 1974 mensual pesos 6.000, 2.o semestre $ 7.200 por hijo en edad preescolar (hasta 6 años) $ 7.000 primer semestre y $ 8.400 segundo semestre por hijo a partir de su ingreso en la escuela primaria. $ 8.000 primer semestre y $ 9.600 segundo semestre por hijo a partir de su ingreso a la enseñanza secundaria o Universidad del Trabajo del Uruguay. 1er Sem. 2do Sem. b) Prima por Hogar Constituido mensual $ 13.000 $ 15.600 c) Prima por Matrimonio " 27.000 " 32.400 d) Prima por Nacimiento " 13.000 " 15.600 e) Prestación por Riesgo Quirúrgico y Traumatológico mensual " 500 y mantiénese

Artículo 5Artículo 5

Autorízase a hacer efectivo a los funcionarios del organismo un decimotercer sueldo o veinticino jornales por un importe equivalente a la duodécima parte del monto percibido por el funcionario por concepto de todas las remuneraciones sujetas a montepío en los doce meses anteriores al 1.o de diciembre de cada año, excepto el decimotercer sueldo de acuerdo a las disposiciones vigentes.

Artículo 6Artículo 6

Autorízase a otorgar a los funcionarios un Salario Vacacional equivalente al 100% de las retribuciones permanentes percibidas en el mes de diciembre del ejercicio anterior, la que se hará efectiva en ocasión del disfrute de la licencia anual. Dicho salario vacacional no estará sujeto al pago de aportes sociales.

Artículo 7Artículo 7

Los gastos que deben realizar los funcionarios para cumplir comisiones fuera del lugar de residencia serán pagados por conceptos de viáticos según la reglamentación interna vigente. Además se les abonará el importe de los gastos de locomoción. Durante el 1.o semestre de 1974 regirá lo dispuesto por el Art. 12 del decreto 1126 de 31 de diciembre de 1973. A partir del 1.o de julio de 1974 y hasta el 31 de diciembre de 1974 la escala será la siguiente: Grado 1 a 9 ........... $ 7.000 Grado 10 a 17 ......... " 10.000 Grado 18 a 26 ......... " 14.000

Artículo 8Artículo 8

Autorízase a incrementar el rubro "0" en $ 900:963 (en miles) y el "6" en $ 189:161 (en miles) para el pago de horas extras a realizarse en los programas operativos cuando las necesidades de servicio lo requieran y siempre que no sea posible compensar con el franqueo correspondiente, de acuerdo a la reglamentación respectiva.

Artículo 9Artículo 9

Autorízase la creación de los siguientes cargos presupuestados dentro del Programa 1.4.: División Cantidad de Cargos Denominación Sueldo 1974 __________________________________________________________________________ Auditoría Interna 1 Auditor General ....... $ 517.350 3 Gerentes de Auditoría . " 452.650 4 Auditores Principales . " 400.900 11 Auditores Asistentes .. " 271.600 9 Ayudante de Auditor ... " 194.050 __________________________________________________________________________ Planificación y Desarrollo 1 Gerente de División ... $ 517.350 2 Gerente de Sector ..... " 452.650 4 Subgerentes ........... " 400.900 __________________________________________________________________________ Sistemas 1 Gerente de División .... $ 517.350 2 Gerentes de Sector ..... " 452.650 4 Subgerentes de Sector .. " 400.900 4 Jefes de Departamento .. " 349.200 10 Jefes de Departamento .. " 271.600 __________________________________________________________________________ Hacienda 1 Gerente de Sector ...... $ 452.650 2 Subgerentes ............ " 400.900 9 Jefes de Departamento .. " 349.200 2 Jefes de Departamento .. " 310.400 4 Jefes de Departamento .. " 271.600 __________________________________________________________________________

Artículo 10Artículo 10

No se podrá realizar ninguna incorporación de personal con cargo a nuevas partidas globales durante el ejercicio 1974.

Artículo 11Artículo 11

Se procederá a la supresión de todos los cargos vacantes luego de efectuadas las promociones correspondientes. Se podrán exceptuar aquellos cargos que se justifique técnica y económicamente su necesidad y previo informe favorable de la O.P.P.

Artículo 12Artículo 12

La Administración General de las Usinas y Trasmisiones Eléctricas y la Administración Nacional de Telecomunicaciones quedan facultadas para modificar los montos de los programas que integran el Presupuesto para el Ejercicio 1974 -en las partidas respectivas- sobre la base de las fluctuaciones que se operen en los montos de las materias primas procedentes del Exterior y los fletes correspondiente, dando cuenta al Poder Ejecutivo en cada oportunidad.

Artículo 13Artículo 13

El Directorio de la Administración General de las Usinas Eléctricas y los Teléfonos del Estado podrá autorizar el pago de una retribución mensual complementaria a los funcionarios que, a causa de la reorganización administrativa y contable que se está implementando vean incrementadas su dedicación, responsabilidad y/o exigencia de capacitación, contribuyendo al mejoramiento de la productividad de los servicios a cargo del Ente. Esta retribución se considerará sustitutiva de las actuales y se otorgará sobre la base de los resultados de las valuaciones de tareas y del sueldo básico correspondiente en la escala actual de sueldos con carácter precario y revocable hasta la incorporación definitiva del funcionario al nuevo sistema escalafonario y de sueldos que se estructurará. El mismo sistema de retribución podrá extenderse a otras áreas de la Administración en función de los resultados de las valuaciones de tareas que se realicen. Esta norma tendrá vigencia a partir del 1.o de enero de 1975 y su aplicación no debe significar incremento alguno en la asignación global para retribuciones personales ajustada de acuerdo a las normas de este decreto.

Artículo 14Artículo 14

Dentro del plazo de 30 días de la publicación de este decreto se remitirá a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto el ajuste de las asignaciones presupuestales definitivas por programa para 1974 de acuerdo a las normas precedentes, las que, con el visto bueno de ésta, serán remitidas al Tribunal de Cuentas a los efectos correspondientes.

Artículo 15Artículo 15

Deróganse todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Artículo 16Artículo 16

Comuníquese, publíquese, etc.-