Ley11230·1949

BANCOS. ENCAJE BANCARIO. PRORROGA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de agosto de 1949

Fecha de publicación

17/01/1949

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase hasta el 30 de octubre de 1950, la vigencia de la ley Nº 10.527 de 18 de setiembre de 1944.

Artículo 2Artículo 2

Autorízase al Poder Ejecutivo para fijar trimestralmente los encajes mínimos de los Bancos, previo dictamen del Departamento de Emisión del Banco de la República.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 8 de enero de 1949Promulgación (11230)
  2. 17 de enero de 1949Publicación (11230)