Decreto113-1976·1976

Autorización a traspocision de partidas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26 de febrero de 1976

Fecha de publicación

9 de marzo de 1976

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a las Unidades Ejecutoras del Ministerio del Interior a emplear sus recursos extrapresupuestales en forma transitoria para luego planillar los pagos realizados con los recursos de las asignaciones presupuestales de gastos, de acuerdo al artículo 68 del decreto 104/968 de 6 de febrero de 1968 vigentes según el artículo 512 de la ley 13.640 de 26 de diciembre de 1967.

Artículo 2Artículo 2

Amplíase la autorización anterior para prestaciones transitorias interprogramáticas entre las Unidades Ejecutoras del Ministerio del Interior.

Artículo 3Artículo 3

Autorízase el empleo transitorio de fondos extrapresupuestales para el pago al personal policial por contrataciones previstas en el artículo 222 de la ley 13.318 de 28 de diciembre de 1964 por parte de Instituciones del Estado.

Artículo 4Artículo 4

Se limita la transitoriedad de estos traspasos a un período que debe finalizar necesariamente antes de la Segunda Rendición de Cuentas de Fondos Extrapresupuestales (artículo 46 de la ley 14.416 de 28 de agosto de 1975) inmediata posterior a la fecha en que se procedió al uso de los fondos extrapresupuestales.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, y pase a sus efectos a la Contaduría Central del Ministerio del Interior.