Artículo 1 — Artículo 1
Amplíase el alcance del artículo 1º del decreto del Poder Ejecutivo de fecha 18 de abril de 1980 referente a los asignaciones trimestrales para gastos de etiqueta a que tendrá derecho el Jefe de Misión Permanente y quien desempeñe temporariamente esa función en la República de Gabón con una asignación trimestral de N$ 4,25,