Decreto115-1981·1981

Modificación a la reglamentación de la ley Orgánica militar

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17 de marzo de 1981

Fecha de publicación

27 de marzo de 1981

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Modifíquese el R) XI de la Reglamentación del artículo 273 de la Ley Orgánica Militar 10.757, de fecha 27 de julio de 1946, en su texto dado por el decreto 538/979, de 23 de setiembre de 1979, el que quedará redactado en los siguientes términos: "R) XI: "Entre las condiciones impuestas deben establecerse el o los grados, así como el Arma o Servicio a que deben pertenecer los concursantes. Siempre que fuera posible, se evitará el llamado a concurso de distintos grados para una misma beca. El organismo calificador respectivo, informará al Comando General del Ejército lo siguiente: - Calificaciones en el grado que ostenta. - Calificaciones de grado en el grado anterior. - Hechos en su actuación anterior que por su carácter e importancia puedan configurar causa inhibitoria. - El Comando General del Ejército resolverá la pertinencia de la posible designación, cualquiera sea el caso que se considere, visando el mejor aprovechamiento de los conocimientos a adquirir y aplicación de los mismos."

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y archívese.