DecretoNº 116-1972·1972
Comercio exterior. Admisión temporaria. Cueros
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
10 de febrero de 1972
Fecha de publicación
22 de febrero de 1972
Texto
Prorrógase por el plazo de sesenta días el período de tres meses previsto por el artículo 1º del Decreto Nº 672/971 de fecha 14 de octubre de 1971, para proceder a la importación en régimen de admisión temporaria de cueros vacunos salados para su industrialización en el país, con destino a la exportación.