Decreto116-1972·1972

Comercio exterior. Admisión temporaria. Cueros

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de febrero de 1972

Fecha de publicación

22 de febrero de 1972

Texto

Prorrógase por el plazo de sesenta días el período de tres meses previsto por el artículo 1º del Decreto Nº 672/971 de fecha 14 de octubre de 1971, para proceder a la importación en régimen de admisión temporaria de cueros vacunos salados para su industrialización en el país, con destino a la exportación.