Decreto117-1978·1978

Asignación de partidas presupuestales para el centro de computos de la Contaduría general de la Nación

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de marzo de 1978

Fecha de publicación

8 de marzo de 1978

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a poner a disposición de la Contaduría General de la Nación la cantidad de N$ 1:000.000.00 (un millón de nuevos pesos), que se radicará en la Cuenta "Tesoro Nacional - Cuentas Corrientes Oficiales - Contaduría General de la Nación ley 14.416 de 28 de agosto de 1975, artículo 167", para atender el funcionamiento del Centro de Cómputos.

Artículo 2Artículo 2

La erogación de referencia se atenderá con cargo a Rentas Generales, artículo 167 de la ley 14.416 de 28 de agosto de 1975.

Artículo 3Artículo 3

Dispónese la clausura de la cuenta abierta en el Tesoro Nacional - Cuentas Corrientes Oficiales - Contaduría General de la Nación, Centro de Cómputos, Proventos. Los fondos existentes en la misma, a la fecha del presente decreto, serán vertidos a Rentas Generales.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc. -