Decreto118-1977·1977

Fijación de la cuenta "Fondo de Mejoramiento Registral"

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28 de febrero de 1977

Fecha de publicación

9 de marzo de 1977

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

La cuenta "Fondo de Mejoramiento Registral" (Artículo 249º de la ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967) abierta en el Banco de la República Oriental del Uruguay, estará en lo sucesivo a la orden del Ministerio de Justicia.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.