Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase la Acordada N° 5.013 dictada por la Corte de Justicia, con fecha 5 de abril de 1974.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
17 de marzo de 1981
Fecha de publicación
20 de marzo de 1981
Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase la Acordada N° 5.013 dictada por la Corte de Justicia, con fecha 5 de abril de 1974.
Artículo 2 — Artículo 2
Concéntrese el Cuerpo de Inspectores de los Juzgados Letrados de Menores en una Oficina única, con formación de equipos afectados cada uno a una zona, para realizar en su ámbito la labor específica requerida por los cuatro Juzgados.
Artículo 3 — Artículo 3
Encárgase de la Jefatura de la Oficina que se crea por el artículo anterior a la Directora de Departamento-Abogado, doctora María Amelia Fazzio.
Artículo 4 — Artículo 4
La encargatura dispuesta es a los solos efectos de una mejor prestación de servicios del Cuerpo de Inspectores.
Artículo 5 — Artículo 5
Encomíendase a la doctora María Amelia Fazzio para que en un plazo de 10 días efectúe la división de las zonas del Departamento de Montevideo, así como la nómina de Inspectores que atenderá cada una, elevándola al Ministerio de Justicia.
Artículo 6 — Artículo 6
Comuníquese, publíquese, etc.