Ley12145·1954

CORTE ELECTORAL. ELECCIONES NACIONALES. GASTOS ELECCIONARIOS DE LOS PARTIDOS POLITICOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/10/1954

Fecha de publicación

26/10/1954

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

(*)

Artículo 2Artículo 2

Los créditos de los partidos o grupos políticos a que se refiere el artículo anterior pueden ser afectados.

Artículo 3Artículo 3

El importe total que demande la erogación autorizada por la presente ley será atendido con préstamos que el Poder Ejecutivo podrá concertar con el Banco de la República u otras instituciones bancarias, los que serán amortizados en dos cuotas anuales.

Artículo 4Artículo 4

Autorízase al Poder Ejecutivo a tomar del rubro 8.03-20 del Item 25.03 del Presupuesto General de Sueldos y Gastos, (ley N° 11.923 de 27 de marzo de 1953) las cantidades necesarias para atender las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente ley.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de octubre de 1954Promulgación (12145)
  2. 26 de octubre de 1954Publicación (12145)