Decreto122-1976·1976

Modificación del precio de los abonados mensuales para el pago del peaje

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26 de febrero de 1976

Fecha de publicación

11 de marzo de 1976

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Modifícase el artículo 2º del decreto 1.002/974 de 12 de diciembre de 1974, el que quedará redactado en la siguiente forma: "Artículo 2º. Fíjase el costo de dichos abonos mensuales en veinticinco (25) veces el valor de la citada Tarifa 1) para un puesto de recaudación y en cuarenta y cinco (45) veces el valor de dicha tarifa, para abonos mensuales que habiliten al mismo para circular por dos puestos".

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte a sus efectos.