Ley12260·1955

AUTORIZACION DE ASISTENCIA TECNICA DE LAS NACIONES UNIDAS A LOS PAISES POCOS DESARROLLADOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/12/1955

Fecha de publicación

24/01/1956

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Derógase lo dispuesto en el artículo 2.o de la ley N.o 11.748, de 16 de noviembre de 1951, autorizándose al Poder Ejecutivo a depositar en una cuenta especial en el Banco de la República Oriental del Uruguay, a la orden del Secretario General de las Naciones Unidas, la cantidad de ciento cincuenta y un mil novecientos pesos ($ 151.900.00), equivalente a la contribución al Programa Ampliado de Asistencia Técnica de dicha organización internacional, que fuera autorizada por el artículo 1.o de la citada ley.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 28 de diciembre de 1955Promulgación (12260)
  2. 24 de enero de 1956Publicación (12260)