Artículo 1 — Artículo 1
Extiéndase la aplicación de los artículos 21 al 25 del decreto 641/973, del 8 de agosto de 1973 a las funcionarias militares.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
28 de marzo de 1984
Fecha de publicación
4 de mayo de 1984
Artículo 1 — Artículo 1
Extiéndase la aplicación de los artículos 21 al 25 del decreto 641/973, del 8 de agosto de 1973 a las funcionarias militares.
Artículo 2 — Artículo 2
Los respectivos Servicios Sanitarios de la Unidad o Repartición donde reviste la interesada extenderán los certificados correspondientes. En los casos que las funcionarias madres amamanten ellas mismas a sus hijos, la certificación se renovará cada quince días.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese y archívese.