Ley12403·1957

PRORROGA LA LEY 12.374 RELATIVO A LA SUSPENSION DE LANZAMIENTOS CONTRA ARRENDATARIOS O SUBARRENDATARIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de febrero de 1957

Fecha de publicación

9 de setiembre de 1957

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase hasta el 15 de diciembre de 1957 la vigencia de la ley N° 12.374, de 17 de enero del mismo año.

Artículo 2Artículo 2

La Suprema Corte de Justicia remitirá a la Asamblea General, dentro del término de sesenta (60) días de la promulgación de la presente ley, la siguiente información: A) Número de desalojos pendientes contra arrendatarios o sub-arrendatarios de casas-habitación, buenos pagadores, especificando las causales de los mismos; B) Precios de los alquileres mensuales de las fincas objeto de los procedimientos de desalojo, discriminados en categorías de 50 en 50 pesos, incluyendo en una última los mayores de $ 400.00; y C) Número de solicitudes de fijación de alquiler razonable, en trámite.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 2 de setiembre de 1957Promulgación (12403)
  2. 9 de setiembre de 1957Publicación (12403)