DecretoNº 125-1965·1965
Azúcar. Declaración jurada de existencias. Fondo de Estabilizacion de Precios
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
25 de marzo de 1965
Fecha de publicación
6 de abril de 1965
Texto
Modifícase el artículo 2º del Decreto Nº 454/964 de fecha 17 de noviembre de 1964, en lo referente al plazo acordado para la declaración jurada de existencias de azúcar a los efectos del depósito correspondiente en la cuenta del Fondo de Estabilización de Precios.