Ley12952·1961

SE DETERMINAN CAUSALES PARA JUBILACIONES BANCARIAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/11/1961

Fecha de publicación

12 de noviembre de 1961

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

(*)

Artículo 2Artículo 2

La precedente disposición sustitutiva regirá desde la fecha en que entró en vigencia la ley N.o 12.815, de 20 de diciembre de 1960.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 23 de noviembre de 1961Promulgación (12952)
  2. 11 de diciembre de 1961Publicación (12952)