Ley13202·1963

CASINOS DEL ESTADO. HABILITACION DE SALAS DE JUEGOS DE AZAR. REGIMEN DE FUNCIONAMIENTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de marzo de 1963

Fecha de publicación

12 de diciembre de 1963

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase hasta el 15 de diciembre de 1964, inclusive, la vigencia de la ley N° 12.945, de 21 de noviembre de 1961.

Artículo 2Artículo 2

Extiéndese el período comprendido entre el 1° de diciembre y el 30 de de cada año, la temporada veraniega establecida por el artículo 1° de la ley N° 11.913, de 9 de enero de 1953.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 3 de diciembre de 1963Promulgación (13202)
  2. 12 de diciembre de 1963Publicación (13202)