Decreto133-1974·1974

Fijación del aforo para el producto "diisocianato de difenilmetano", dentro de las materias primas de tarifa de Aduanas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21 de febrero de 1974

Fecha de publicación

6 de marzo de 1974

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en $ 875.00 (ochocientos setenta y cinco pesos) el kilo bruto, el aforo que corresponde al producto denominado "diisocianato de difenilmetano" incluido en la Sección Materias Primas de la Tarifa de Aduanas en el Grupo "A" por decreto N° 772/973 de 19 de setiembre de 1973.

Artículo 2Artículo 2

Establécese que el producto de referencia, corresponde a la posición 29.30 del Arancel General de Importación de la Dirección Nacional de Aduanas.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.