DecretoNº 134-1973·1973
Comercio exterior. Importaciones. Semillas
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
15 de febrero de 1973
Fecha de publicación
23 de febrero de 1973
Texto
Establécese que la recepción, tramitación y resolución de las gestiones para importación de semillas al amparo del Decreto N° 12/973 (que acuerda franquicias aduaneras, cambiarias y consulares) estarán a cargo del Ministerio de Ganadería y Agricultura a través de su Asesoría Técnica. Establécense obligaciones del importador y la sanidad y calidad que deberán tener las semillas. Determínanse sanciones para el caso de incumplimiento.