Decreto134-1974·1974

Fijación de recargos de importación de yerba mate elaborada

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21 de febrero de 1974

Fecha de publicación

6 de marzo de 1974

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en el 10% el recargo correspondiente a la importación de yerba mate elaborada, subrubro 09.03.02.00 de la Nomenclatura Arancelaria de Importación.

Artículo 2Artículo 2

El recargo fijado por el artículo anterior solamente se aplicará a las denuncias de importación que se registren ante el Banco de la República con posterioridad a la fecha del presente decreto.

Artículo 3Artículo 3

Dése cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.