Decreto135-1977·1977

Fijación de UR, Cra. Febrero 1977. Marzo 1977

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de marzo de 1977

Fecha de publicación

15 de marzo de 1977

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable correspondiente al mes de febrero de 1977, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por la ley 14.219, de 4 de julio de 1974 y modificativas en N$ 19.58 (diecinueve nuevos pesos con cincuenta y ocho centésimos).

Artículo 2Artículo 2

De acuerdo al valor precedentemente establecido y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15º de la ley 14.219 citada, la determinación de los alquileres que se actualizan en el mes de marzo de 1977, se efectuará multiplicando el último alquiler con el Indice 1.2941.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.