Decreto137-1971·1971

Comisión Administradora de Abasto. Carnes

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de marzo de 1971

Fecha de publicación

16 de marzo de 1971

Texto

Prorrógase el plazo fijado hasta el 30 de abril de 1971 por el artículo 5 del Decreto Nº 56/971, para que la Comisión Administradora de Abasto realice la centralización de la distribución de carne y menudencias con destino al consumo de Montevideo y Canelones.