Artículo 1 — Artículo 1
Créase en la Prefectura Nacional Naval, la División Inteligencia e Investigaciones, en base a la fusión del actual Servicio de Seguridad Portuaria, reglamentado por decreto 14.551, de fecha 17 de octubre de 1949 y de la División Informaciones, creada por orden interna Nº 5, de fecha 5 de abril de 1976.