Decreto Ley14150·1974

REDUCCION DE LA TASA DE APORTACION PERSONAL JUBILATORIA A TRABAJADORES DE LA ACTIVIDAD PRIVADA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31/01/1974

Fecha de publicación

2 de diciembre de 1974

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Redúcense un 2 % (dos por ciento) a partir del 1° de enero de 1974, las tasas de aportación personal jubilatoria a todos los organismos de previsión social estatales, paraestatales o privados, correspondientes a los trabajadores de la actividad privada afiliados a los mismos, incluidos aquellos amparados por la Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles y Escolares, cuyos salarios resulten incrementados por aplicación de la resolución del Poder Ejecutivo, de 31 de diciembre de 1973, que homologa la resolución ordinaria N° 454, de la Comisión de Productividad, Precios e Ingresos (COPRIN). Esta disposición no comprende a las aportaciones que se realicen a la Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones.

Artículo 2Artículo 2

(*)

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

  • Ninguna registrada.

Esta norma es afectada por

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 31 de enero de 1974Promulgación (14150)
  2. 12 de febrero de 1974Publicación (14150)
  3. 7 de octubre de 1977Deroga (14713)
  4. 7 de octubre de 1977Deroga (14713)