Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 30 de abril de 1975, el plazo a que refiere la ley 14.121, de 4 de mayo de 1973 y sus modificativas 14.194, de 14 de mayo de 1974 y 14.295, de 31 de octubre de 1974, relacionadas con lanzamientos de ocupantes de predios rurales destinados a la explotación agraria. (*)