Decreto145-1978·1978

Aprobación del Presupuesto operativo del BSE. Ejercicio 1977

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15 de marzo de 1978

Fecha de publicación

30 de marzo de 1978

Artículos (9)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en N$ 68:553.391 (nuevos pesos sesenta y ocho millones quinientos cincuenta y tres mil trescientos noventa y uno) el presupuesto del Banco de Seguros del Estado, Casa Central, Sucursales y Central de Servicios Médicos, correspondiente al Ejercicio 1977 y a regir desde el 1.o de enero de dicho año, de acuerdo a las normas y monto que se determinan a continuación para cada programa y rubro, salvo disposición expresa en contrario y que contienen los incrementos salariales autorizados por el Poder Ejecutivo según decretos 527/977, de fecha 16 de setiembre de 1977. Forman parte integrante de este decreto, las condiciones generales, normas, planes, estados y planillados que acompañan a este presupuesto. N$ N$ N$ PROGRAMAS OPERATIVOS ................ 63:410.091 Programa 1 Explotación de Seguros .. 28:211.516 Rubro Denominación -- ---- 0 Retrib. de Servicios Personales 16:248.175 010 Sueldos Cargos Presupuesto ..... 12:190.886 021 Personal Contratado ............ 1:856.951 023 Personal Cont. Liq. pólizas .... 550.000 031 Sueldos Prog. por Categ. ....... 102.113 032 Prima por Antigüedad ........... 67.204 060 Honorarios ..................... 256.000 076 Retrib. Extraordinaria Fin de Año 1:225.021 1 Servicios No Personales ......... 595.000 2 Mat. y Art. de Consumo .......... 2:279.000 3 Maq., Equipos y Mobiliario ...... 80.000 6 Cargas Legales y Prestaciones de Carácter Social ................. 8:930.341 611 Impuestos Nacionales ........... 2:000.000 613 Aporte Patronal Jubilatorio .... 3:337.578 616 Aporte Patronal Seguro Accidente de Trabajo ..................... 30.579 617 Aporte Fondo Retiro Caja Bancaria 82.133 618 Aporte Seguro de Retiro del Banco 970.490 619 Aporte Fondo Nacional de Vivienda 149.261 623 Prestación por Hogar Constituido 131.100 624 Prestaciones por Hijos .......... 89.200 626 Salario Vacacional .............. 997.400 629 Prestación por Asistencia Médica 1:142.600 --------- 9 Asignaciones Globales ............ 79.000 --------- Programa 2 Administración y Mantenimiento de Inversiones 6:152.581 Rubro Denominación -- ---- 0 Retrib. de Servicios Personales .. 1:978.001 010 Sueldos Cargos Presupuestados ... 1:767.638 021 Personal Contratado ............. 31.265 031 Sueldos Prog. por Categ. ........ 16.756 032 Prima por Antigüedad ............ 11.274 076 Retrib. Extraordinaria Fin de Año 151.068 --------- 1 Servicios No Personales .......... 1:810.000 5 Construcciones, Adiciones, Mejoras y Rep. Ext. ...................... 900.000 6 Cargas Legales y Prestaciones de Carácter Social .................. 1:364.580 611 Impuestos Nacionales ............ 9.000 612 Impuestos Municipales ........... 380.000 613 Aporte Patronal Jubilatorio ..... 442.135 616 Aporte Patronal Seguro Accidente de Trabajo ...................... 3.956 617 Aporte Fondo Retiro Caja Bancaria 3.849 618 Aporte Seguro de Retiro del Banco 143.760 619 Aporte Fondo Nacional de Vivienda 19.780 623 Prestación por Hogar Constituido 25.000 624 Prestaciones por Hijos .......... 18.000 626 Salario Vacacional .............. 124.100 629 Prestación por Asistencia Médica 195.000 ---------- 9 Asignaciones Globales ............ 100.000 --------- N$ N$ N$ Programa 3 Administración General ... 29.046.894 Rubro Denominación -- ---- 0 Retrib. de Servicios Personales .. 13:390.588 010 Sueldos Cargos Presupuestados ... 9:792.551 017 Decreto 615/975 ................. 633.464 018 Partida de libre disponibilidad . 669.906 021 Personal Contratado ............. 111.376 031 Sueldos Prog. por Categ. ........ 92.782 032 Prima por Antigüedad ............ 56.186 071 Comisiones Agregadas al Sueldo .. 781.626 073 Comisiones Tareas Espec. Equipo Mecanizado ...................... 77.617 076 Retrib. Extraordinaria Fin de Año 958.857 078 Compensación Tareas Extraordinarias 151.134 079 Retrib. Extraord. Fin de Año. Decreto 615/975 ................. 52.789 082 Quebranto de Caja ............... 9.300 088 Reintegro Gtos. Secretaría - Directorio ...................... 3.000 --------- 1 Servicios No Personales .......... 6.502.000 2 Mat. y Art. de Consumo ........... 1:410.500 3 Maq., Equipos y Mobiliario ....... 315.000 6 Cargas Legales y Prestaciones de Carácter Social .................. 7:025.332 613 Aporte Patronal Jubilatorio ..... 2:990.646 616 Aporte Patronal Seguro Accidente de Trabajo ...................... 26.733 617 Aporte Fondo Retiro Caja Bancaria 71.779 618 Aporte Seguro de Retiro del Banco 871.609 619 Aporte Fondo Nacional de Vivienda 133.665 621 Prestaciones por Nacimiento ..... 3.200 623 Prestación por Hogar Constituido 151.000 624 Prestaciones por Hijos .......... 135.000 625 Prestaciones por Fallecimiento .. 25.000 626 Salario Vacacional .............. 917.000 628 Prestaciones por Matrimonio ..... 7.000 629 Prestación por Asistencia Médica 1:692.500 --------- 7 Transferencias ................... 73.474 8 Desembolsos Financieros .......... 60.000 9 Asignaciones Globales ............ 250.000 --------- Plan Anual de Inversiones .......... //Información ilegible en el original// Rubro Denominación -- ---- 3 Maq., Equipos y Mobiliario ......... 1:015.400 312 Maq. y Equipo Agrícola Nuevo .... 80.000 324 Maq. de Calcular y Escribir ..... 129.900 326 Muebles y Utiles ................ 32.000 329 Otras Máquinas y Mob. de Oficina 238.500 331 Equipo Médico Quirúrgico ........ 325.000 332 Equipo Hospitalario ............. 105.000 333 Equipo para Laboratorio ......... 70.000 334 Equipo Odontológico ............. 70.000 361 Automóviles ..................... 100.000 362 Equipo Telefónico ............... 765.000 ---------- Adquisición de Inmuebles y Equipos Existentes .......................... 230.000 421 Edificios para Oficina .......... 230.000 5 Construcciones, Adiciones, Mejoras y Rep. Ext. .......................... 3:600.000 522 Edificios para Oficina .......... 600.000 544 Instalaciones de Máquinas y Equipos ......................... 1:600.000 553 Plantaciones y Obras de Forestación ..................... 800.000 581 Adiciones y Mejoras Edificios Ocupados por el Banco ........... 800.000 --------- (1) De la partida autorizada para Servicios No Personales N$ 750.000.00 (nuevos pesos setecientos cincuenta mil), tendrán vigencia solo para el Ejercicio 1977.

Artículo 2Artículo 2

Establécese que el régimen de Asignaciones Familiares, se regirá por las condiciones que fije el Directorio Interventor, con ajuste a las siguientes cifras: A) Asignación Familiar: N$ 7.20 (nuevos pesos siete con veinte centésimos) por hijo en edad Pre-escolar (hasta seis años); N$ 8.40 (nuevos pesos ocho con cuarenta centésimos) por hijo a partir de su ingreso a la Escuela Primaria; N$ 9.60 (nuevos pesos nueve con sesenta centésimos) por hijo a partir de su ingreso a la Enseñanza Secundaria o Universidad del Trabajo del Uruguay; B) Prima por Hogar Constituido: N$ 15.60 (nuevos pesos quince con sesenta centésimos) C) Prima por Matrimonio: N$ 32.40 (nuevos pesos treinta y dos con cuarenta centésimos); D) Prima por Nacimiento: N$ 15.60 (nuevos pesos quince con sesenta centésimos). En caso de fallecimiento de un funcionario del Banco, éste abonará a sus causa-habientes, un importe equivalente a dos sueldos del mismo.

Artículo 3Artículo 3

Los funcionarios que desempeñen tareas en el Departamento de Mecanización y que hayan aprobado cursos de capacitación en la materia, percibirán un complemento mensual de sueldo, según el siguiente detalle: a) Funcionarios que hayan aprobado cursos de Perfoverificación: En enero: N$ 27.90; febrero/mayo: nuevos pesos 30.70; junio/diciembre: N$ 33.80; b) Funcionarios que hayan aprobado cursos correspondientes a equipos convencionales que le permitan interpretar los organigramas de trabajo y armar los tableros necesarios para el cumplimiento de los procesos: En enero: N$ 59.65; febrero/mayo: N$ 65.65; junio/diciembre: N$ 72.25; c) Funcionarios que hayan realizado y aprobado el curso de Introducción a los Computadores y Básico de Sistemas Operativos para Operadores, que le permitan poner en funcionamiento las distintas unidades del Computador para la ejecución de cualquier programa: En enero: N$ 89.05; febrero/mayo: N$ 97.95; junio-diciembre: N$ 107.75; d) Funcionarios que hayan realizado y aprobado cursos de programación y de lenguaje y que realmente desempeñen funciones de Planificador Programador: En enero: 112.35; febrero/mayo: N$ 123.60; junio/diciembre: N$ 136.00.

Artículo 4Artículo 4

A partir del 1.o de enero de 1977, deja de generarse el Salario Vacacional. Durante el ejercicio 1977, podrán hacerse pagos por este concepto en ocasión del goce de licencias anuales generadas con anterioridad al 31 de diciembre de 1976.

Artículo 5Artículo 5

Las asignaciones presupuestales de inversiones autorizadas para un determinado proyecto u obra, sólo tienen vigencia respecto de los mismos y en tanto la obra o proyecto respectivo se ejecuten. Cumplida la obra o proyecto, pierden toda vigencia.

Artículo 6Artículo 6

Déjase sin efecto toda asignación correspondiente a Planes de Inversiones anteriores al que se autoriza por el presente decreto.

Artículo 7Artículo 7

Toda modificación o trasposición del Plan de Inversiones autorizado, deberá contar con la opinión favorable de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión previa solicitud del Organismo justificando las causas de las mismas.

Artículo 8Artículo 8

De acuerdo al sistema de información que establezca la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión para la evaluación de gestión, el Banco de Seguros del Estado, deberá remitir a aquélla, los estados analíticos de ejecución presupuestal en la forma y con la frecuencia que aquel sistema determine.

Artículo 9Artículo 9

Comuníquese, publíquese, etc. -