Decreto145-1979·1979

Autorización al Ministerio de Agricultura y Pesca a Comprar en el exterior hasta 80.000 toneladas de trigo

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de marzo de 1979

Fecha de publicación

27 de marzo de 1979

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Ministerio de Agricultura y Pesca a comprar en el exterior, a través del Sector Granos y mediante el procedimiento de licitación pública, hasta 80.000 toneladas, métricas de trigo-pan, en una o varias partidas.

Artículo 2Artículo 2

Las importaciones referidas se regirán por lo dispuesto en los decretos 275/978, de 17 de mayo de 1978 y 668/978, de 29 de noviembre de 1978. Los medios financieros serán proporcionados por el Banco de la República Oriental del Uruguay.

Artículo 3Artículo 3

Cométese al Ministerio de Agricultura y Pesca a dictar la reglamentación para la eventual venta del fondo de reserva de trigo, lo que sólo podrá hacer a la industria molinera. En tal caso, los precios de venta serán fijados en forma conjunta por dicha Secretaría de Estado y el Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 4Artículo 4

El déficit que pudiera originarse por las operaciones realizadas al amparo del presente decreto, será de cargo del Tesoro Nacional.

Artículo 5Artículo 5

Dese cuenta a la Comisión Permanente del Consejo de Estado.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.

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