Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase a los efectos de ser expropiado para construir la sede del Juzgado de Paz de la Tercera Sección Judicial de Rocha, el inmueble sito en la calle Piedras entre Larrañaga y Rocha de la ciudad de Lascano, empadronado con el N.o 514.