Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase por seis meses a partir del 28 de junio de 1979 el plazo otorgado por el artículo 4.o de la ley 14.672, de 27 de junio de 1977, para dar cumplimiento a los cometidos asignados a la Inspección General de Hacienda.
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Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase por seis meses a partir del 28 de junio de 1979 el plazo otorgado por el artículo 4.o de la ley 14.672, de 27 de junio de 1977, para dar cumplimiento a los cometidos asignados a la Inspección General de Hacienda.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Esta norma afecta a
Esta norma es afectada por
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