Decreto Ley14994·1980

MODIFICACION DE LA LEY 14.157, LEY ORGANICA DE LAS FUERZAS ARMADAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de octubre de 1980

Fecha de publicación

3 de diciembre de 1980

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

(*)

Artículo 2Artículo 2

Derógase el artículo 155 de la ley 14.157, de 21 de febrero de 1974, (Orgánica de las Fuerzas Armadas). (*)

Artículo 3Artículo 3

Lo dispuesto en los artículos 1º y 2º regirá a partir del 1º de febrero de 1980.

Artículo 4Artículo 4

Suprímese en el artículo 192, literal a), número 2, de la ley 14.157, de 21 de febrero de 1974 (Orgánica de las Fuerzas Armadas), el límite de edad que allí se establece para los grados de Teniente General, General y sus equivalentes, como causal de retiro obligatorio. (*)

Artículo 5Artículo 5

La supresión dispuesta en el artículo anterior regirá para los Oficiales Generales ascendidos a partir del 1º de febrero de 1981, inclusive.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 10 de marzo de 1980Promulgación (14994)
  2. 12 de marzo de 1980Publicación (14994)