Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las siguientes tasas y tarifas de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones que tendrán la vigencia a partir del 1.o de enero de 1980. (*)
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
8 de enero de 1980
Fecha de publicación
3 de marzo de 1980
Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse las siguientes tasas y tarifas de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones que tendrán la vigencia a partir del 1.o de enero de 1980. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc.-