Decreto Ley15022·1980

APROBACION DE LA REESTRUCTURA PRESUPUESTAL DE LOS ESCALAFONES DOCENTES DE ORGANISMOS PUBLICOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de setiembre de 1980

Fecha de publicación

23/06/1980

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Facúltase al Poder Ejecutivo para disponer por decreto fundado con el jerarca del Inciso respectivo y con acuerdo del Ministerio de Economía y Finanzas la reestructura presupuestal de los escalafones docentes de los organismos cuyos cargos estaban equiparados a los similares docentes del Consejo Nacional de Educación. Será aplicable, en lo pertinente, lo establecido por el artículo 2º de la ley 14.800, de 30 de junio de 1978, y la estructura presupuestal deberá tomar en consideración, en lo pertinente, la del Consejo Nacional de Educación. (*)

Artículo 2Artículo 2

Facúltase a la Contaduría General de la Nación adecuar las asignaciones mensuales y dotaciones complementarias de los cargos docentes que estén exceptuados de lo dispuesto por el artículo 1º de la presente ley, por no integrar escalafón en los Programas donde están incorporados o por estar equiparados a cargos docentes de la Universidad de la República. La adecuación de las remuneraciones se efectuará tomando en consideración, en lo pertinente, la Reestructura Presupuestal y Racionalización Administrativa (Docente) del Consejo Nacional de Educación.

Artículo 3Artículo 3

Deróganse desde el 1º de marzo de 1980, los artículos 74 de la ley 12.801, de 30 de noviembre de 1960, 71 de la ley 13.320, de 17 de diciembre de 1964, y 250 de la ley 13.892, de 19 de octubre de 1970.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 9 de mayo de 1980Promulgación (15022)
  2. 23 de junio de 1980Publicación (15022)