Artículo 1 — Artículo 1
Inclúyanse los medicamentos y especialidades farmacéuticas en la lista de mercaderías exceptuadas de la exigencia de la Guía de Tránsito Terrestre enunciadas en el artículo 2º del decreto 532/968 de 3 de setiembre de 1968.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
16 de marzo de 1977
Fecha de publicación
24 de marzo de 1977
Artículo 1 — Artículo 1
Inclúyanse los medicamentos y especialidades farmacéuticas en la lista de mercaderías exceptuadas de la exigencia de la Guía de Tránsito Terrestre enunciadas en el artículo 2º del decreto 532/968 de 3 de setiembre de 1968.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.