Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Comando General de la Fuerza Aérea a efectuar la transformación de 3 (tres) cargos de Soldado de Primera en 2 (dos) cargos de Cabo de Segunda y 1 (un) cargo de Soldado de Segunda
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
4 de mayo de 1982
Fecha de publicación
18 de mayo de 1982
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Comando General de la Fuerza Aérea a efectuar la transformación de 3 (tres) cargos de Soldado de Primera en 2 (dos) cargos de Cabo de Segunda y 1 (un) cargo de Soldado de Segunda
Artículo 2 — Artículo 2
Dése cuenta al Consejo de Estado, acorde a lo establecido en el artículo 112 de la ley 14.189, de 30 de abril de 1974.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Financiero Contable del Ministerio de Defensa Nacional, Comando General de la Fuerza Aérea y a la Contaduría General de la Nación.