DecretoNº 155-1964·1964
Tabacos y cigarrillos. Precios
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
30 de abril de 1964
Fecha de publicación
15 de mayo de 1964
Texto
Establécese con carácter provisional, que los precios máximos de venta al público de los tabacos y cigarrillos de producción nacional, no podrán ser superiores a los vigentes al 27 de febrero de 1964, hasta tanto no se terminen los estudios de costos correspondientes.