Decreto Ley15592·1984

PRORROGA DEL PLAZO PARA LA LIQUIDACION DE SOCIEDADES ANONIMAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de junio de 1984

Fecha de publicación

16/07/1984

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase por un año el plazo para que la Inspección General de Hacienda prosiga la liquidación del Grupo Patrimonial a que se refiere la ley 14.672, de 27 de junio de 1977. (*)

Artículo 2Artículo 2

Facúltase al Poder Ejecutivo para prorrogar en caso necesario y por razones fundadas, hasta en un año el plazo establecido en el artículo precedente.

Artículo 3Artículo 3

Convalídase lo actuado por la Inspección General de Hacienda en cumplimiento de lo dispuesto por la ley 14.672, de 27 de junio de 1977, durante el período comprendido entre el 16 de marzo de 1982 hasta el 28 de octubre de 1982 y el transcurrido desde el 28 de octubre de 1983 hasta la vigencia de la presente ley.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 6 de julio de 1984Promulgación (15592)
  2. 16 de julio de 1984Publicación (15592)