Decreto156-1977·1977

Aclaración de disposiciones del decreto 125/977, relativas a denuncias de importación

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16 de marzo de 1977

Fecha de publicación

24 de marzo de 1977

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que el decreto 125/977 de 2 de marzo de 1977, regirá para las denuncias de importación presentadas ante el Banco de la República Oriental del Uruguay a partir del 8 de marzo de 1977, inclusive.

Artículo 2Artículo 2

Los actuales recargos a las importaciones con tasas inferiores a la fijada para el recargo mínimo, quedan incluidos en dicho recargo.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.