DecretoNº 157-1970·1970
Industria carnica. Mataderos industriales
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
2 de abril de 1970
Fecha de publicación
9 de abril de 1970
Texto
Establécense normas complementarias relativas a la instalación y funcionamiento de establecimientos dedicados a la faena de haciendas con destino a la industria en todo el territorio nacional. Establécense las competencias conjuntas de los Ministerios de Industria y Comercio y de Ganadería y Agricultura, en la materia quienes podrán acordar con las Intendencias Municipales, la ejecución de medidas y contralores que estimen convenientes.