DecretoNº 158-1966·1966
Bancos y cajas populares. Depósitos
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
31 de marzo de 1966
Fecha de publicación
13 de abril de 1966
Texto
Declárase que los depósitos en moneda nacional efectuados en los Bancos en moratoria, concordato o liquidación, se encuentran amparados por la garantía del Estado.