Decreto16-1971·1971

Registro de Automotores. Inscripciones

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14 de enero de 1971

Fecha de publicación

20 de enero de 1971

Texto

Dispónese que los propietarios de vehículos automotores deberán inscribirlos en el Registro de Automotores correspondiente al de su último empadronamiento y determínanse los requisitos y el plazo para cumplir con dicha formalidad.