Decreto162-1965·1965

Banco de la República Oriental del Uruguay. Cuenta Fondo Estímulo. Reglamentación

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22 de abril de 1965

Fecha de publicación

30 de abril de 1965

Texto

Reglaméntase el artículo 45 de la Ley N° 13.320, referente a la Cuenta Especial denominada Cuenta Fondo Estímulo que abrirá el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), dándose normas de contralor sobre los depósitos que efectúe la Dirección General Impositiva (DGI) y sobre distribución del beneficio acordado.