DecretoNº 162-1965·1965
Banco de la República Oriental del Uruguay. Cuenta Fondo Estímulo. Reglamentación
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
22 de abril de 1965
Fecha de publicación
30 de abril de 1965
Texto
Reglaméntase el artículo 45 de la Ley N° 13.320, referente a la Cuenta Especial denominada Cuenta Fondo Estímulo que abrirá el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), dándose normas de contralor sobre los depósitos que efectúe la Dirección General Impositiva (DGI) y sobre distribución del beneficio acordado.