Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase para extender los certificados de origen requeridos por la Secretaría del Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio (GATT) para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10 y por el Anexo A del Protocolo Relativo a las Negociaciones Comerciales entre Países en Desarrollo, indistintamente a: Cámara Mercantil de Productos del País, Cámara Nacional de Comercio, Cámara de Industrias del Uruguay, Laboratorio Tecnológico del Uruguay. (*)