Ley16330·1992

APLICACION DEL TOPE MAXIMO JUBILATORIO DE PASIVIDADES A LOS MAGISTRADOS DEL TCA, FISCALES Y JUDICIALES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/11/1992

Fecha de publicación

12 de agosto de 1992

Artículos (1)

Artículo 1Artículo Unico

El artículo 489 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, regirá desde la fecha de publicación de la misma para los Magistrados del Poder Judicial, del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y del Ministerio Público y Fiscal que cesen como tales en aplicación del artículo 250 de la Constitución y del numeral 1) del artículo 35 del Decreto - ley Nº 15.365, de 30 de diciembre de 1982.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 25 de noviembre de 1992Promulgación (16330)
  2. 8 de diciembre de 1992Publicación (16330)